lunes, 23 de septiembre de 2019

A 151 años del Grito de Lares: una historia inconclusa

Templo Parroquial Católico de Lares. Foto del autor (2013).
Puerto Rico recuerda hoy la gesta de hace 151 años cuando puertorriqueños de distintas clases sociales, se levantaron en contra del gobierno español en la Isla. Fueron cientos quienes, la noche del 23 de septiembre de 1868, salieron de la hacienda de Manuel Rojas, en el barrio Pezuelas de Lares, a tomar las riendas del país.

¿Qué pasaba en Puerto Rico que provocó aquel acontecimiento que hoy recordamos? En primer lugar, el gobierno español había llamado a los puertorriqueños y cubanos a constituir en lo que se denominó como la Junta Informativa de Ultramar en 1865. Aquella Junta resultó en un fracaso. Los puertorriqueños que participaron de la Junta- entre ellos el abogado hormiguereño Segundo Ruiz Belvis- peticionaban reformas administrativas, además de la abolición de la esclavitud inmediata con o sin indemnización. Los cubanos querían reformas también, pero tenían sus reservas en cuanto a la abolición inmediata de la esclavitud.

Obelisco conmemorativo Grito de Lares
Plaza de la Revolución Lares.
Foto del autor (2013)
Ante la negativa del gobierno español en atender los asuntos políticos de sus dos últimas colonias en América, la Junta se disuelve y los comisionados regresaron a Puerto Rico. Tan pronto Segundo Ruiz Belvis pisó tierra en la Isla, el gobernador de Puerto Rico, el general Marchessi, ordenó su arresto en unión a otros más, entre ellos el médico Ramón Emeterio Betances. El gobernador general los acusaba de ser los autores del motín de los artilleros de San Juan, quienes se habían amotinados en protesta por las malas condiciones de trabajo que mantenían en San Juan. A estos, no se les extendió los aumentos de sueldos que se les había otorgados a los militares en la península. Sin embargo, cabe destacar, que tanto Ruiz Belvis como Betances, no tuvieron nada que ver con dichos sucesos.

Betances como Ruiz Belvis, fueron desterrados de la Isla por el gobernador, y enviados a España. De hecho, el gobernador los había tachado de "conspiradores". En el trayecto, con la parada en la isla de Saint Thomas, ambos lograron burlar la vigilancia y salir rumbo a Santo Domingo y de allí a Nueva York. En esta última, se unieron a líderes cubanos, que habían formado la Sociedad Republicana de Cuba y Puerto Rico, a la cual se unieron tanto Betances, Ruiz Belvis, así como otro médico puertorriqueño que había sido desterrado de su país, José Francisco Basora. Estos denuncian las condiciones de los puertorriqueños, especialmente los de las clases jornaleras. Hay que recordar que el régimen español había impuesto el régimen de la libreta de jornaleros durante en el año de 1848, siendo un sistema opresor para el campesino puertorriqueño.

Como parte de la ruta revolucionaria que desembocaría en Lares en septiembre de 1868, había que contar con apoyo. Segundo Ruiz Belvis, es enviado a Chile, con el propósito de procurar ese apoyo. Sin embargo, allí muere- al parecer por causas naturales-.

Posteriormente, Betances viajó a Santo Domingo y allí constituyó la Junta Revolucionaria de Puerto Rico, con la ayuda de amigos entre estos: Celis Aguilera, Carlos Elio Lacroix, Francisco José Basora, Mariano Ruiz Belvis y, bien interesante, el arzobispo de Santo Domingo, Fernando Arturo Meriño. El médico Betances, esperaba recibir la ayuda del gobierno dominicano, entre estas se encontraba el suministro de armas.

Ramón Emeterio Betances, circuló en noviembre de 1867 su proclama titulado: Diez Mandamientos de los hombres libres, donde exigía la abolición de la esclavitud, libertades de culto, de palabra, de imprenta; el derecho a votar los impuestos, entre otros derechos fundamentales del pueblo. Ese documento se le puede considerar como la base principal de las denuncias puertorriqueñas contra el régimen español.
Detalles del Obelisco en Plaza de la
Revolución de Lares. Foto del autor (2013)

A la formación de la junta revolucionaria en Santo Domingo y la proclama, le siguió la constitución de los comités revolucionarios locales en la Isla. Los comités constituidos y que- algunos de estos- participaron de la revolución en Lares el 23 de septiembre de 1868, fueron: Capá Prieto, por Mayagüez; Centro Bravo, en Lares; Lanzador del Norte, en Camuy; Lanzador del Sur, en Ponce, y, El Porvenir, en San Sebastián.

Esa noche, la del 23 de septiembre de 1868, cerca de mil personas marcharon hasta la Alcaldía de Lares tomando la misma y encarcelando al alcalde y al secretario municipal; de allí, a la plaza pública donde quemaron cientos de libretas de jornaleros y libros de contabilidad; posteriormente, proclamaron la República de Puerto Rico en la santa iglesia Católica de Lares, donde el párroco de la misma presidió un "Te Deum", en acción de gracias. Francisco Ramírez, se convertía en el primer presidente de la República de Puerto Rico.

Los que participaron de la gesta de Lares esa noche y la madrugada del 24 de septiembre de 1868 trasladados a San Sebastián, fueron campesinos, jornaleros, algunos profesionales, hacendados, libertos, entre otros. Estos grupos agobiados por los altos impuestos que cobraba tanto el estado como el municipio, se levantaron contra el régimen español. Su consigna era la de "libertad", según consta en las causas seguidas contra estos en Aguadilla.

El Grito de Lares no terminó esa noche y madrugada; días y semanas tardaron las autoridades en apresar a varios de los participantes de Lares. Muchos de estos se internaron en la cordillera al oeste de Puerto Rico. Tal fue el caso de Carlos Elio Lacroix, entre otros.  Al gobierno español no le quedó otro remedio que suspender las causas contra los revolucionarios de Lares al entrar el año de 1870.

El Grito de Lares se convirtió en la conciencia del pueblo puertorriqueño. Allí denunciaban la opresión del sistema que por casi 400 años mantenía al pueblo de Puerto Rico sin libertades alguna. Celebremos esta gesta histórica.

Para más información les invito a buscar en las bibliotecas los siguientes textos:

Andrés Sánchez Tarniella, "El significado del Grito de Lares." En: Andrés Sánchez Tarniella, Obra completa, Tomo III. (San Juan, Puerto Rico: Ediciones Bayoán, 1997).

Ernesto Juan Fonfrias, El Grito de Lares: Símbolo de Puertorriqueñidad. (San Germán, Puerto Rico: Círculo de Recreo de San Germán, 1972).

Eugenio Fernández Méndez, El significado histórico del Grito de Lares. 3ra edición. (San Juan, Puerto Rico: First Publishing of Puerto Rico, 1998).

Francisco Moscoso, La Revolución Puertorriqueña de 1868: El Grito de Lares. (San Juan, Puerto Rico: Instituto de Cultura Puertorriqueña, 2003).

Lidio Cruz Monclova, El Grito de Lares. (San Juan, Puerto Rico: División de Educación a la Comunidad e Instituto de Cultura Puertorriqueña, 1968). (Libros para el pueblo).

José Pérez Moris, Historia de la insurrección de Lares. (Río Piedras, Puerto Rico: Editorial Edil, 1975). (Este libro apareció por primera vez en el año 1872).

Olga Jiménez de Wagenheim, El Grito de Lares: sus causas y sus hombres. (Río Piedras, Puerto Rico: Ediciones Huracán, 1986).

Revista Homines. Universidad Interamericana de Puerto Rico. "El Grito de Lares", edición especial, número extraordinario, Vols. 18 (julio 1994- 95); y 19 (núm. 1), (Julio 1995- enero 1996)

lunes, 5 de agosto de 2019

Lo que dice el Diario de Sesiones de la Constituyente respecto al sucesor del Gobernador

Mucho se ha escrito en los pasados días relacionado al sucesor del Gobernador de Puerto Rico.  Sin embargo, poco se ha discutido lo que los redactores de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, dejaron expresado como su intención al momento de redactar las cláusulas constitucionales.  Hagamos un poco de historia.  La Convención Constituyente, que tuvo la responsabilidad de redactar nuestra carta magna, se reunió en la sala de sesiones de la Cámara de Representantes a partir del 17 de septiembre de 1951 culminando sus trabajos el 10 de julio de 1952.  Uno de los legados de gran alcance producto de los trabajos de la Convención, fue el Diario de Sesiones, que dicho sea de paso, se instituyó en los trabajos legislativos a partir de entonces, por el cual se dispuso por mandato constitucional.  En ese Diario se recoge los trabajos de cada uno de los días de sesión de la Convención, donde podemos encontrar las discusiones de los constituyentes en cuanto a las proposiciones que se hacían para la redacción de la Constitución; además, podemos encontrar el pensar político del momento, ya que las principales facciones políticas participaron de aquel ejercicio.  También, nos sirve esas discusiones para establecer la llamada "intención legislativa" del delegado al momento de discutir las propuestas constitucionales.

Se ha dado un caso novel en nuestra historia política reciente.  La renuncia del Gobernador que fue electo en noviembre de 2016, ha puesto de manifiesto la interpretación de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, respecto a la sucesión de ese funcionario en caso de renuncia, muerte, destitución, separación temporal del cargo, u otros asuntos.  Más aún, cuando al momento de la renuncia, había un nombramiento de Secretario de Estado, nombramiento en receso, pero que se había convocado a la Asamblea Legislativa a sesión extraordinaria para atender el mismo.

De acuerdo a la Constitución, se supone que sea el Secretario de Estado quien asumiera el cargo de Gobernador por el resto del término por el cual fue electo dicho funcionario.  Sin embargo, los constituyentes, dejaron en manos de la legislatura la sucesión en caso de que estuviera vacante la secretaría de Estado.  Para ello, se aprobó el 24 de julio de 1952, la Ley Número 7, donde dispuso que fuera el Secretario de Justicia quien asumiera ese cargo en caso de muerte y/o renuncia o cualquier otra circunstancia.

La respuesta a las interrogantes que se han manifestado en los pasados días, la encontramos en el Diario de Sesiones procedimientos y debates de la Convención Constituyente de Puerto Rico.  En la sesión del 30 de enero de 1952, los constituyentes establecieron en sus discusiones, cuál era su intención al momento de establecer la sucesión del Gobernador en los casos antes mencionados.  Días antes al 30 de enero de 1952, se discutía la posibilidad de crear el cargo de Vicegobernador de Puerto Rico; de hecho, se había dispuesto que en la Sección 7 del artículo correspondiente al "Poder Ejecutivo" se crearía dicho cargo sujeto a elección popular.  Sería el funcionario que sucesor del Gobernador en caso de vacante permanente del cargo.  Decía la proposición de la siguiente manera: "Al mismo tiempo, en igual forma y por el mismo término que el Gobernador, se elegirá un Vicegobernador quien deberá reunir las mismas condiciones que para ser Gobernador se requiera en la Sección precedente."  Sin embargo, para el delegado Víctor Gutiérrez Franqui, la creación del cargo de Vicegobernador, sería un asunto completamente innecesario.  Decía el delegado Gutiérrez Franqui que el crear dicho cargo, era de "mucho nombre", pero "sin funciones", añadiendo que tendría "[...] mucho sueldo y casi nada que hacer, lo que hemos considerado indeseable", decía el delegado electo por la facción del Partido Popular Democrático en ese momento. (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 864).

El propio delegado Gutiérrez Franqui, fue el que presentó la proposición que está contenida en la carta magna de 1952, referente a la sucesión del Gobernador de Puerto Rico.  Para Gutiérrez Franqui, la persona que ocuparía la secretaría de Estado, debía ser el sucesor lógico del Gobernador.  La enmienda a aquella proposición original y redactada por el propio Gutiérrez Franqui, leía de la siguiente manera: "El Secretario de Estado será nombrado por el Gobernador de Puerto Rico con el consejo y consentimiento de cada una de las Cámaras de la Asamblea Legislativa."  (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 864).

Sin embargo, veamos lo que es la sustancia del Diario de Sesiones respecto a la sucesión del Gobernador.  El delegado Guitiérrez Franqui, explicaba el alcance de su proposición en cuanto a la vacante del cargo de Gobernador.  Lo explicaba en la sesión del 30 de enero de 1952 de la siguiente manera: "El propósito de la enmienda, señor Presidente y compañeros delegados, es establecer el siguiente sistema o método para la sucesión accidental del Gobernador, o sea, para en casos de antes de vencido el término para el cual ha sido electo un Gobernador, el cargo quede vacante por razones de renuncia, muerte, incapacidad total y permanente o cualquier otra razón que produzca falta abosoluta.  De acuerdo con la enmienda que acabamos de presentar al ocurrir tal vacante ocuparía el cargo de Gobernador el Secretario de Estado, quien desempeñaría ese cargo hasta después de las siguientes elecciones generales fuera electo un Gobernador y tomara posesión de su cargo."  (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 864).

En cuanto a la función de la Asamblea Legislativa respecto al Secretario de Estado, particularmente, Gutiérrez Franqui manifestaba lo siguiente: "Se dispone que el Secretario de Estado, al ser nombrado por el Gobernador, deberá recibir no meramente la confirmación por el Senado, que se requiere para los demás Secretarios de Gobierno, sino que en este caso específico habrá de requerirse la confirmación tanto del Senado como de la Cámara de Representantes, actuando separadamente y por mayoría absoluta."  (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 864).

Sobre la ausencia temporal o permanente tanto del Gobernador como del Secretario de Estado, el delgado Gutiérrez Franqui, dejó para el estudio del Diario de Sesiones lo siguiente: "Se dispone, además, que en caso de ausencia temporal, ocupará el cargo de Gobernador también el Secretario de Estado o en ausencia de ambos, de naturaleza temporal, la persona que designa la Asamblea Legislativa."  (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 864).  Esta propuesta del delegado Gutiérrez Franqui, pasó el cedazo de la Convención Constituyente en votación de 56 a 18.

De las declaraciones del delegado Víctor Gutiérrez Franqui, así como el texto que finalmente prevaleció en la Constitución, se desprende lo siguiente: primero, en caso de ocurrir la vacante de Gobernador, sería el Secretario de Estado quien ocuparía el mismo por el resto de su término, y ese funcionario, tenía que pasar por el aval tanto del Senado como de la Cámara de Representantes para poder ocupar el cargo de Secretario de Estado y, luego, de ocurrir la vacante, el de Gobernador.  Sobre esto, el delegado, Celestino Iriarte, quien, de acuerdo al Diario de Sesiones, favorecía la creación del cargo de Vicegobernador, le cuestionaba al delegado Gutiérrez Franqui, si ese sustituto del Gobernador en caso de renuncia u otro elemento, era una persona "[...] no electa por el pueblo [...]", a lo que respondió el delegado Gutiérrez Franqui que "[...] ese funcionario sería confirmado por ambas cámaras legislativas", por lo que se subsanaría lo referente a la participación popular.  (Véase el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 30 de enero de 1952, p. 865).  Y, segundo, del Diario de Sesiones se desprende, además, que en caso de no estar los dos principales funcionarios del estado, correspondería ocupar el cargo a los funcionarios que por ley se desginen; por lo tanto, la Ley Número 7 de 24 de julio de 1952, dispuso que fuese el Secretario de Justicia y así sucesivamente siguiendo los miembros del Gabinete Constitucional del Gobernador, siempre y cuando que para ocupar el cargo de Gobernador contaran con los mismos requisitos que se le exigía al Gobernador al ser electo.  De hecho, en la misma discusión, el delegado Ramón Mellado, electo por el Distrito San Juan II, fue quien propuso que el Secretario de Estado tuviera los mismos requisitos que se le exigía al Gobernador.

Finalmente, para entender los planteamientos e interpretar la Constitución, hay que recurrir al Diario de Sesiones de la Convención Constituyente.  Ahí está la historia.  En nuestro ordenamiento jurídico, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico cuenta con sus Diarios de Sesiones, producto, como señalé anteriormente, del mandato expreso que dispuso los delegados a la Asamblea Constituyente, donde se pudiera leer los debates y entender el pensamiento del legislador en cuanto a un proyecto o resolución legislativa se refiere.  Sólo leer esos procedimientos nos damos cuenta de que la historia habla y juzga.

PD: Inserto la enmienda presentada por el delegado, Víctor Gutiérrez Franqui, que aparece en la página 865 del Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, sesión del 30 de enero de 1952, p. 865.

Lectura del Secretario de la Convención:

"Cuando ocurra una vacante en el cargo de Gobernador producida por muerte, renuncia, destitución, incapacidad total y permanente o por cualquier otra falta absoluta, dicho cargo pasará al Secretario de Estado quien lo desempeñará por el resto de su término y hasta que un nuevo gobernador sea electo y tome posesión.  La ley proveerá cuál secretario de Gobierno ocupará el cargo de gobernador en caso de que simultáneamente quedaren vacantes los cargos de Gobernador y Secretario de Estado.

"Cuando por cualquier causa que produzca ausencia de carácter transitorio el Gobernador esté temporalmente impedido de ejercer sus funciones lo sustituirá mientras dure el impedimento el Secretario de Estado.  Si por cualquier razón el Secretario de Estado no pudiera tomar posesión de su cargo la Asamblea Legislativa electa, elegirá un Gobernador por mayoría absoluta de cada una de sus cámaras, quien desempeñará el cargo por la totalidad del término y hasta que el próximo Gobernador sea electo en la siguiente elección general y tome posesión de su cargo.

"El Secretario de Estado será nombrado por el Gobernador con el consejo y consetimiento de cada una de las Cámaras de la Asamblea Legislativa."  (Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, sesión del 30 de enero de 1952, p. 865.  Enfasis Suplido.)    

lunes, 13 de mayo de 2019

Aquel 12 de mayo de 1898

Bombardeo a San Juan de Puerto Rico 12 de mayo 1898
Un día como hoy el 12 de mayo de 1898, a las 5:00 de la madrugada, la Marina de Guerra de los Estados Unidos de América, despertó a los sanjuaneros con un inmisericorde ataque contra la ciudad de San Juan de Puerto Rico.  Ese ataque fue parte de las hostilidades en contra de España por el asunto de Cuba, que para ese momento, se había declarado la guerra entre ambas naciones.  Cabe recordar que Puerto Rico contaba con un gobierno electo por el pueblo, a punto de iniciar en esa fecha, gracias a la Carta Autonómica de 1897.  Los puertorriqueños no tenían absolutamente nada que ver con los asuntos entre Cuba, España y Estados Unidos.

El ataque dirigido por el almirante Sampson, provocó el temor de los sanjuaneros que llevaban una vida apacible y lejos de los conflictos entre esas dos naciones.  De hecho, los cañones tanto del Castillo San Felipe del Morro como del Fuerte San Cristóbal, volvieron a sonar ante ese ataque sorpresa ciento un año después de que se produjera el último de los ataques europeos contra la isla de Puerto Rico en 1797.  En aquella ocasión, un formidable escuadra inglesa dirigida por Ralph Abercrombie, realizó intentos de apoderarse de la Isla, resultando el mismo en un rotundo fracaso.  Aquel bombardeo de la marina estadounidense fue con el propósito de demostrar todo su poderío a los puertorriqueños.  El resultado de aquel ataque en la madrugada del 12 de mayo de 1898, fue de dos soldados muertos y 34 heridos parte de la guarnición de San Juan y de cuatro muertos y 16 heridos por la parte de los civiles, para un total entre militares y civiles de 56, según nos narra el capitán de milicias, Angel Rivero, en su libro Crónicas de la Guerra Hispanoamericana en Puerto Rico.

Monumento conmemorativo de la
Guerra Hispanoamericana, 1898
en Hartford, Connecticut
Además, cabe resaltar, que hubo daños considerables a estructuras públicas, privadas y eclesiásticas, destacándose, entre estas, el Cuartel de Ballajá, la histórica Iglesia de San José, y en el Asilo de Beneficencia nos narra el capitán Rivero, que "[...] un proyectil de pequeño calibre atravesó el muro del Norte, estallando dentro de los dormitorios de niños [...]".  Así también, otros edificios como el Ayuntamiento, la Intendencia, y hasta el edificio del Manicomio, que había izado la bandera de la Cruz Roja, fueron blanco de este vil y despiadado ataque de la Marina de Guerra de los Estados Unidos aquel 12 de mayo de 1898.

Hoy, se recuerda aquel nefasto ataque, donde una nación hambrienta de imperialismo, atropelló a un pueblo indefenso, culto y de valores cristianos.  Hoy, al igual que aquel 12 de mayo, Puerto Rico se encuentra bajo el ataque inmisericorde de un organismo no electo por los puertorriqueños, sino que impuesto por el Congreso de los Estados Unidos (la Junta de Control Fiscal) que la ha emprendido contra el país, contando con la anuencia de las autoridades locales, entiéndase el Gobernador de Puerto Rico, todo por caprichos ideológicos.  No podemos olvidar aquel día de nuestra historia.  Ni mucho menos podemos olvidar el daño que le está haciendo al país tanto el Congreso de los Estados Unidos, el inquilino de la Casa Blanca y el aprendiz de Gobernador que tenemos en Puerto Rico.

martes, 12 de marzo de 2019

116 años de la Universidad de Puerto Rico

Un día como hoy, el 12 de marzo de 1903, el gobernador de Puerto Rico, William H. Hunt, convirtió en ley, el proyecto que creó la Universidad de Puerto Rico.  Hace 116 años, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, decidió dar el paso en la dirección de dotar al Pueblo de Puerto Rico, de una institución de educación superior, que tuviera la capacidad de preparar a los puertorriqueños para las distintas profesiones.  La ley de 12 de marzo de 1903, que creó la Universidad de Puerto Rico, dispuso en Sección 2 lo siguiente, en cuanto a lo que sería la misión de la Universidad:

"Que la Universidad establecida como queda dicho proporcionará a los habitantes de Puerto Rico los medios de adquirir cuanto antes el perfecto conocimiento de los diversos ramos de literatura, ciencia y artes útiles, incluyendo agricultura y oficios mecánicos, así como cursos profesionales y técnicos en medicina, derecho, ingeniería, farmacia, y en la ciencia y arte de la pedagogía."

Con esto en mente, los puertorriqueños pusieron en marcha un verdadero proyecto de país, que ha formado a miles de puertorriqueños a lo largo de estos 116 años.  En los primeros años de vigencia de la universidad, la meta era forjar profesionales en la rama de la pedagogía, dado a la necesidad de contar con maestros para que se insertaran en el proceso de educación que tanto necesitaba el país en ese tiempo.

Edificio de la Escuela Normal de la Universidad de Puerto Rico, 1912.
Fuente: http://bibliotecadigital.uprrp.edu
Con el pasar de los años la universidad fue ampliando su oferta al servicio del país.  Uno de los proyectos más emblemáticos que ha llevado como misión la institución, es lo relacionado a la agricultura.  En 1908, el Congreso de los Estados Unidos, aprobó una ley asignando fondos para el fomento de instrucción agrícola, artes mecánicas y ciencias.  De esa manera, y haciendo uso de la Ley Morrill- Nelson, convirtió a la Universidad de Puerto Rico en un "Grant Land College", es decir, que podía adquirir tierras para la enseñanza de las técnicas agrícola; de esa manera, podía fundar escuelas de agricultura, ciencia e ingeniería.  De esa manera, la Universidad se extendió hacia el oeste de Puerto Rico, fundando en 1910 el Colegio de Agricultura y Artes Mecánicas.  Este proyecto agrícola sigue vigente.  Se estableció los Servicios de Extensión Agrícola y las Estaciones Experimentales.   

Edificio José de Diego, Recinto Universitario de Mayagüez de la
Universidad de Puerto Rico.
Fuente: http://bibliotecadigital.uprrp.edu
Durante estos 116 años, la Universidad de Puerto Rico, se ha expandido hacia los cuatro puntos cardinales de la isla.  Desde Humacao a Mayagüez; de Ponce a Arecibo; de Aguadilla a Bayamón; de Cayey a Carolina; el corazón histórico de la Universidad, el recinto de Río Piedras; el recinto de Ciencias Médicas, y en la montaña puertorriqueña Utuado, son los lugares que la institución ha llegado.  Además, ha ampliado su oferta académica en distintas ramas del saber.  Por ejemplo, el derecho, la salud, las humanidades, las ciencias, la ingeniería, la arquitectura, las ciencias sociales, la tecnología, el turismo, la pedagogía, entre otros ofrecimientos que han sido históricos. 

Yo, solamente espero, que nuestra universidad continúe con mayor ímpetu por los próximos 116 años.  Está en el país que los sueños de los puertorriqueños actuales, y los que están por nacer, continúen haciéndose realidad.  A ciento dieciséis años de su fundación.